El divorcio de mutuo acuerdo
Muy normalizado está en los tiempos que corren que una pareja se divorcie.
Por disputas varias, falta de amor u otras circunstancias son muchas las parejas que, tras mucho tiempo de reflexión, al ser insostenible la relación sentimental deciden divorciarse.
Debemos saber que existen DOS VÍAS por las cuales se puede llevar a cabo esta figura jurídica tan utilizada en la actualidad:
1.- Divorcio de mutuo acuerdo
2.- Divorcio contencioso
En esta entrada vamos a hablar del divorcio de mutuo acuerdo y posteriormente en las siguientes nos centraremos en el contencioso.
El DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO suele ser siempre el más recomendable, tanto por tiempo, por complejidad, como por gastos a nivel económico.
Este procedimiento suele ser bastante rápido en tanto en cuanto solo necesita de la presentación de la DEMANDA y de un CONVENIO REGULADOR, que no es nada más y nada menos que un acuerdo entre los cónyuges en el que se establecen las medidas a llevar a cabo una vez quede disuelto el matrimonio y que suelen ir enfocadas, sobre todo a los hijos del matrimonio, si los hubiere, así como la pensión compensatoria, dado el caso, para alguno de los cónyuges.
Posteriormente a la presentación de la demanda y el convenio regulador las partes serán citadas para una RATIFICACIÓN, que no es más que un trámite en el juzgado en el cual los cónyuges “confirman o dan el visto bueno” frente al funcionario de turno el contenido del convenio regulador que han firmado con anterioridad.
Una vez se han ratificado ambos, en caso de que existan menores el Ministerio Fiscal debe dar su INFORME EN EL CUAL MOSTRARÁ SU ACUERDO O DESACUERDO respecto a las medidas acordadas en cuanto a estos y finalmente dicho asunto queda visto para sentencia.
Para realizar este procedimiento es obligatorio la actuación de abogado y procurador.
Como podemos ver es un trámite fácil, sencillo, y que en los casos en los que la relación entre los cónyuges es “llevadera” suele ser bastante ágil en cuestiones de tiempo.