top of page

He tenido un accidente de tráfico. ¿Qué puedo reclamar?


Por desgracia, y debido al gran número de desplazamientos que hacemos en vehículo a motor hoy en día, es bastante habitual que tengamos algún “imprevisto” o accidente de tráfico.


En este sentido, es importante tener claro que, si no somos los culpables del mismo, debemos ser indemnizados en base a dos conceptos:

- Daños materiales: Relativa a los daños causados por la parte culpable en nuestro vehículo.

- Daños personales: Relativa a los daños o lesiones causadas por la parte culpable en el conductor o sus ocupantes.

Pues bien, dependiendo del tipo de daños que se hayan producido, lo habitual, es negociar con la aseguradora contraria (la del culpable del accidente) con la finalidad obtener indemnización que pueda ser procedente. En este proceso es recomendable contar con un profesional, pues las "ofertas" de dichas aseguradoras suelen ser muy "a la baja" en un claro perjuicio del perjudicado.


Aunque las indemnizaciones pueden variar bastante en función del vehículo o las lesiones del conductor, las indemnizaciones por daños personales suelen ser mucho más cuantiosas que las de daños materiales.


En el caso de los daños materiales, en gran parte de los casos, el coste de reparación suele ser muy superior al del propio vehículo, por lo que se tienen en cuenta como base para el cálculo de indemnización de los daños el “valor venal”, cantidad que suele ser muy inferior al valor de mercado del mismo y que suele ser negociable al alza si se cuenta con un buen profesional.


En el caso de los daños personales se suelen calcular las indemnizaciones con base a días de perjuicio (días de baja, rehabilitación…) intervenciones quirúrgicas, secuelas funcionales o incluso, estéticas.



Comments


Entradas destacadas
Vuelve pronto
Una vez que se publiquen entradas, las verás aquí.
Entradas recientes
Archivo
Buscar por tags
No hay etiquetas aún.
Síguenos
  • Facebook Basic Square
  • Twitter Basic Square
  • Google+ Basic Square
bottom of page